Ceuta autoriza abrir todos los domingos y festivos en 2026 para impulsar el comercio y el turismo
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Ceuta permitirá la apertura de los comercios todos los domingos y festivos a lo largo de 2026, según recoge un decreto del consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, Nicola Cecchi Bissoni, publicado este martes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE).

Ceuta permitirá la apertura de los comercios todos los domingos y festivos a lo largo de 2026, según recoge un decreto del consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, Nicola Cecchi Bissoni, publicado este martes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE).

La resolución, firmada el pasado 9 de diciembre, autoriza la apertura comercial sin restricciones de calendario durante todo el año próximo, una decisión que se adopta al amparo de las competencias que el Estatuto de Autonomía atribuye a la Ciudad en materia de comercio interior y que han sido delegadas por la Presidencia en la citada consejería.

El Estatuto de Autonomía de Ceuta, aprobado por la Ley Orgánica 1/1995, establece que corresponde a la ciudad la ejecución de la legislación estatal en comercio interior, incluyendo funciones de administración, inspección, sanción y potestad normativa para la organización de los servicios. Estas competencias fueron concretadas posteriormente mediante el Real Decreto 2500/1996, que formalizó el traspaso de funciones desde la Administración del Estado.

La normativa básica que regula los horarios comerciales es la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, que fija con carácter general un mínimo de dieciséis domingos y festivos de apertura, permitiendo a las comunidades autónomas ampliar o reducir ese número —sin bajar de diez— y determinar las fechas atendiendo a criterios como la afluencia turística, los periodos de rebajas o la campaña de Navidad.

En este marco legal, la Ciudad Autónoma de Ceuta ha optado por ejercer su capacidad normativa al máximo, autorizando la apertura en todos los domingos y festivos del año, una medida que busca reforzar la actividad económica y la competitividad del sector comercial, especialmente en una ciudad con un marcado componente turístico y fronterizo.

El decreto recuerda, además, que existen establecimientos con régimen especial —como panaderías, floristerías, tiendas de conveniencia, estaciones de servicio o comercios situados en zonas de gran afluencia turística— que ya disponen de plena libertad horaria conforme a la legislación vigente, así como sectores regulados por normativas específicas, como farmacias y estancos.

La resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Ceuta en el plazo de dos meses desde su publicación en el BOCCE.

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Ceuta, Lunes 31 de Agosto del 2026

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