En Pleno extraordinario de la Asamblea del 26 de febrero, se proponía una iniciativa para la modificación de los artículos 17.1-B y el 22.2 del Código civil, la cual el Gobierno Vivas aprobó con su mayoría, y así blindar la nacionalidad a los hijos de los extranjeros nacidos en Ceuta y Melilla, teniendo que acreditar diez años de residencia continuada, -en vez de uno- para el acceso a la misma y para que no puedan ser considerados españoles de origen los hijos de extranjeros nacidos en la Ciudades Autónomas si uno de los padres también ha nacido aquí.