Sentencia pionera: una hora y veinte es tiempo prudencial para realizar una escala de un vuelo

El Juzgado de lo Mercantil número 10 de Madrid ha dictado una sentencia muy relevante, explica reclamador.es, al establecer que un tiempo de una hora y veinte minutos es suficiente para realizar una escala en un vuelo, y en caso de existir un leve retraso que no supere las 3 horas pero que impida coger el segundo vuelo, el pasajero debe ser indemnizado.

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Ceuta, Lunes 31 de Agosto del 2026

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